1.- ¿Qué es la Clasificación de los Créditos Concursales?
Es la posición que ocupan los créditos dentro del concurso, y el orden de preferencia de cobro en caso de liquidación (contra la masa, con privilegio especial, con privilegio general, ordinario o subordinado). El acreedor en su comunicación debe hacer constar la posición que ocupan sus créditos y los motivos que lo justifican.
2.- ¿Qué es un Crédito Concursal?
Son los generados con anterioridad a la Declaración del Concurso de Acreedores, se integran en la masa pasiva del concurso, e integran la lista de acreedores como son: con privilegio especial, con privilegio general, ordinario o subordinado.
3.- ¿Qué es un Crédito contra la masa?
Son los que se generan (vencimiento o exigibilidad) con posterioridad a la declaración del concurso. No son acreedores concursales y por lo que no votan el Convenio ni les afecta el mismo. Se pagan enteros sin reducción alguna, a su vencimiento, y si hubiera liquidación, se satisfacen antes que los demás créditos.
Abogado y sociólogo experto en la Ley Segunda de la Oportunidad.
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