15 Dudas del Concurso de acreedores

Dudas del concurso de acreedores

1º.- ¿Qué es el Concurso?

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial prevista por la Ley para poder resolver el sobreendeudamiento y el estado de insolvencia. Por tanto, se debe de solicitar si se…

quiere salir del infierno de las deudas.

2º.- ¿Qué ocurre si no se solicita el concurso?

Si no solicita el concurso sus deudas aumentarían, se generarían intereses y costas demandas judiciales reclamándole las cantidades debidas, le embargarían la nómina, la vivienda, etc. Para aderezar el asunto las entidades financieras pasarían a empresas de recobro el asunto para que usted, sus vecinos y familiares, reciban decenas y miles de llamadas durante años. El calvario perpetuo estará asegurado.

3º.- ¿Qué ocurre si ya tengo embargos de algunos acreedores?

Si ya tiene embargos antes de solicitar el concurso éstos se suspenden, es decir, se dejan de aplicar sobre su nómina, etc.

4º.- ¿Cuánto tiempo tarda en declararse el concurso?
Desde que se presenta la documentación en el juzgado el tiempo que transcurre para que se declare el concurso (reconocimiento del estado de insolvencia) dependerá de la carga de trabajo del juzgado al que se le hubiere asignado el caso, normalmente, suele ser al mes, pero este plazo, en ciertas ocasiones, puede llegar a ser de tres meses.

5º.- ¿Qué profesionales intervienen en el concurso?

Los profesionales que intervienen en el concurso son: el abogado y el procurador de los concursados (y el de los respectivos acreedores) y el administrador concursal designado por el juez.

6º.- ¿Quien es el administrador concursal y cuál es su cometido?

El administrador concursal es designado por el juez en el auto de declaración de concurso. Es la persona que interviene las facultades de administración de los concursados durante el concurso.

7º.- ¿A partir de cuándo dejo de estar intervenido por el administrador concursal?

Tan pronto finalice el concurso el concursado dejará de ser intervenido, es decir, se recupera el control de sus cuentas como antes de declararse el concurso.

8º.- ¿Qué Juzgados gestionan el concurso?

Los Juzgados competentes para tramitar un concurso son los de lo Mercantil, pero en ciertos casos, si no existieran éstos, se asignarán a los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción.

9º.- ¿Hay juicio en un concurso?
Normalmente no hay juicio, los concursados no suelen conocer ni al Juez. Son trámites procesales que se dirimen en el juzgado asignado y negociaciones con los departamentos jurídicos centrales de los distintos bancos y financieras de todo el país.

10º.- ¿Por qué no es conocido el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores es un procedimiento que está legislado por la Ley Concursal. La Ley Concursal tiene su origen en las empresas, probablemente le suene que tal o cual empresa está en concurso de acreedores. Sin embargo, hace más de diez años, se les dio a las personas físicas y familias el mismo derecho que tienen las empresas a declararse en concurso de acreedores, sin embargo la ley no está específicamente adaptada a las personas, es por eso que no hay apenas abogados especializados en la gestión de concursos de acreedores de personas físicas.

11º.- ¿Qué supone la declaración de un concurso de acreedores?

Al presentar la documentación necesaria para solicitar un concurso de acreedores, pasados unos días, normalmente un mes, el Juez emite el auto de declaración de concurso de acreedores. El día en que se dicta dicho auto supone un momento transcendental para el/los concursado/s, pues las deudas (créditos) se dejan de pagar sin generar más intereses, ningún acreedor podrá iniciar acciones judiciales para reclamar las deudas por vía judicial y si hubiera ya algún procedimiento iniciado, éste se suspende. Todo se dirime en sede concursal. El Juez del Juzgado mercantil es quién conocerá de todo el procedimiento. A los pocos días se publicará en el B.O.E. al objeto de que se enteren todos los acreedores de que se ha declarado en concurso y dejen de acosarle telefónicamente.

12º.- ¿Qué diferencia hay entre un convenio y una liquidación?

Cuando lo que se pretende es un convenio, se negocia con los acreedores, al objeto de alcanzar un acuerdo que suponga una rebaja de la deuda (quita) que suele ser del 50%, una espera en el tiempo y un aplazamiento de pago que suele ser de 5 años. Se suele acordar que se empiece a pagar la deuda a partir del primer año tras la sentencia del concurso que recoge dicho acuerdo. Los normal es que el/los concursado/s conserven la vivienda.

Cuando se pretende una liquidación (ley segunda oportunidad), tras el auto de declaración del concurso, los bienes se liquidan para que con dicha enajenación se cancelen todas las deudas. Ahora bien, si no es posible cancelar las deudas, tras la conclusión del concurso, se puede solicitar la exoneración (el perdón) de las deudas, o bien, que queden reducidas a un máximo del 25% de la misma si la situación del/los concursado/s mejorará durante los 5 años siguientes a la sentencia del Juez.

13º.- ¿Qué es el Asnef, Equifax, etc y cuándo salgo de esas listas?
El Asnef, Equifax, etc. no son más que registros de morosos. Las distintas entidades financieras y bancarias, envían los datos de los clientes que deben sus créditos, estos suele producirse a los 90 días del primer impago. Con la conclusión del concurso se sale de dichas listas.

14º.- ¿Qué hago ante el miedo que siento de no poder pagar?

El miedo a no poder pagar paraliza, hay que actuar y buscar soluciones sin lamentaciones ni reproches del pasado, el pasado, pasado está, sea práctico y no pierda el tiempo recreándose en él y en lo desgraciado que es ahora, el dinero sólo es dinero, lo importante es la persona y usted es persona, por tanto, tiene derecho a ilusionarte de nuevo por su futuro, las empresas a las que le debe dinero son empresas, no son su vida, aunque les hagan sentir que mientras no pague no tiene derecho a vivir. Si se lleva todo el tiempo reinando en las deudas se bloquea, debe pensar en soluciones reales, el concurso es una solución real para recuperar el control económico tras un estado de insolvencia por sobreendeudamiento.

15º.- ¿Por qué mi despacho está especializado en el concurso de acreedores (ley de segunda oportunidad) ?

Si usted tuviera un problema de corazón, ¿a qué médico acudiría? ¿a uno generalista?, ¿a un especialista del estomago?, ¿a un dermatólogo?. Obviamente su respuesta sería clara y acudiría a un especialista del corazón. Al igual que un médico especialista del corazón es el que más sabe de la materia, un abogado especialista en el concurso es el que más sabe sobre dicho procedimiento. Mi despacho está conformado por un equipo de expertos: abogados, negociadores, economistas, etc. Trabajamos en todas las ciudades españolas mediante un procurador en cada ciudad. Negociamos directamente con todos los departamentos centrales de concursos de sus acreedores (no con los que le llaman a usted que no parten el bacalao).

Espero haberle podido aclarar las dudas más frecuentes.

Guillermo González Fernández

Abogado y sociólogo experto en la  Ley Segunda de la Oportunidad.

Reservado los derechos de autor

Teléfono de contacto: 910053593

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Acerca de Guillermo González Fernández. Abogado y Sociólogo Experto Ley Segunda Oportunidad y Concurso de Acreedores

Abogado. Máster de Sociólogia. Experto Ley Segunda Oportunidad y Concursos de Acreedores en toda España

6 Respuestas

  1. José ramón de luis

    Anteriormente me puse en contacto con ustedes, rellene el formulario y vieron viable el que presentase el concurso de acreedores. Ahora me surgen un par de grandes dudas, cual es el coste del proceso y como podría hacer frente al mismo. Debe ser costoso, ya que un abogado, un procurador y un mediador concursa, suena a mucho dinero.

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  2. Erica Perez

    Hola una vez te exoneran las deudas hay un plazo de cinco años. En ese tiempo se puede volver a comprar un casa ? Sacar hipoteca o volver a tener algún crédito
    Y que ocurre en ese período desde que te perdonan la deuda hasta cinco años gracias

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  3. Peter

    Hola:

    Estoy en concurso de acrededores con abogada y procuradora y el juez ha dictado el nombramiento de administrador concursal. ¿Si hubiese alguien que me pudiese ayudar a resolver todas las deudas que tuviese con una rebaja del 35 o 40% y que todo quedase liquidado sin peligro de nada.¿sería posible? siempre antes de que el el administrador concursal lo consiga.

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