Hay que seguir un procedimiento:
1º. Se presenta la solicitud de “Declaración del Concurso de Acreedores” ante el Juzgado de lo Mercantil asistido por abogado y representado por un procurador. La solicitud recogerá una memoria económica y jurídica, las cuentas anuales, las causas de insolvencia, la viabilidad patrimonial, un inventario de bienes y derechos y una relación de acreedores.
También puede solicitar el Concurso de Acreedores cualquier acreedor de la empresa deudora que aporte los datos y la documentación de su crédito (deuda que le deben) y medios de prueba que lo acrediten, como el embargo de bienes insuficientes del deudor, la concurrencia de embargos sobre la generalidad del patrimonio, el incumplimiento general en el pago de sus obligaciones incluidas la tributarias y las de la Seguridad Social y Laboral de las últimas 3 mensualidades, y/o el alzamiento o liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes.
2º. El Juez nombrará a un Administrador Concursal que actuará en los actos como administrador de la sociedad y elaborará un informe que contendrá la contabilidad, el inventario y la Lista de Acreedores. Dicho informe se lo trasladará al Juez, quien aprobará la “Declaración del Concurso de Acreedores”.
3º. Se publicará en los Boletines Oficiales. A partir de este momento todos los acreedores se someterán al Concurso y comunicarán sus deudas al Administrador Concursal en un plazo de 30 días. Se suspende el aumento de la deuda por intereses, se paralizaran todas las ejecuciones pendientes y no se podrán presentar nuevas demandas.
4º. A continuación pueden darse 2 situaciones:
a) Que fuera posible un convenio. En este caso, el Juez convocará a la Junta de Acreedores para la aprobación del Convenio Concursal. Su abogado negociará con los acreedores y les presentara una Propuesta de Convenio que incluirá la propuesta de pagos con un quita del importe de sus créditos y una espera de hasta 5 años, con carencia y sin intereses. Si aceptan la propuesta se presentará ante el Juez. Una vez lo haya aprobado el Juez, se publicará el Convenio en periódicos y edictos. Finalmente, cesarán los efectos del Concurso.
b) Que no fuera viable un convenio. En el caso de la empresa debido a una reducción de clientes, a impagados y/o a falta de financiación. En este caso, deberá presentar un Plan de Liquidación a través de la enajenación de los bienes del negocio. Dicho plan se presentará al Juzgado y que dará traslado a los acreedores por si quisieran manifestar algo. Finalmente, podrá ser aprobado por el Juez. En el caso de las familias se liquidaria el patrimonio.
Por ello antes de presentar un concurso de acreedores, analizamos las probalidades de éxito para la obtención de un convenio.